Ordenanza Nº 804: Prohibición Venta Bebidas Alcohólicas

ARTICULO 1º: Prohíbese en todo el ámbito de la Municipalidad de Fir­mat, la venta de todo tipo de bebidas alcohólicas a los menores de dieciocho (18) años, en los negocios autorizados.

ARTICULO 2º: Los comercios que expendan bebidas alcohólicas en cual­quiera de sus formas, deberán exhibir en lugar preferencial con características de fácil y rápida lectura, un cartel que diga:» ESTE LOCAL NO VENDE BEBIDAS ALCOHOLICAS A MENORES DE 18 AÑOS».

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