Ordenanza Nº 834: Régimen Presentación Espontánea DREI
ARTICULO 1º: Establécese con carácter general y temporario un Régimen de Presentación Espontánea a efectos de que los contribuyentes o responsables de Derecho de Registro e Inspección (DReI) y Derecho de Ocupación del Dominio Público regularicen su situación con relación a las obligaciones tributarias total o parcialmente omitidas.-
ARTICULO 2º: Quedan comprendidos entre los contribuyentes y responsables enunciados en al Artículo anterior aquellos que, debiendo estar inscriptos en los gravámenes que se incluyen en la presentación espontánea, no lo están.-