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Ordenanza Nº 444: Festejo 27 de Febrero creación de la Bandera

Artículo  1º: Inclúyase en el calendario de las celebraciones  oficial municipal, el día 27 de Febrero de cada año, fecha en que se cumple el aniversario de la creación de la Bandera.

Artículo  2º: La conmemoración se realizar bajo forma para todas las escuelas, e instituciones más representativas de la ciudad. En  todos los casos se destacar el día conmemoratorio y la figura del General Manuel Belgrano creador de la Bandera.

Ordenanza Nº 443: Sala Velatoria Fredriksson

Artículo 1º: Dispónese tareas de construcción de una Sala adyacente a la  Sala Asistencial en el barrio Villa Fredriksson, cuyo destino  ser para  velatorios de personas en situación especial o carenciadas o  de escasos recursos fehacientemente justificado, la que se concretar  con material y mano de obra municipal.-

Artículo  2º: Se considerarán situaciones especiales a los efectos de la aplicación de la presente disposiciones, a aquellos casos  en  que por  razones de requerimiento funcional resulta necesario recurrir a este beneficio.-

Artículo 3º: La descripción de los trabajos y las tareas, serán reali­zadas bajo dirección del personal técnico de la Secretaría de Obras  y Servicios Públicos Municipal.-

Ordenanza Nº 442: Modifica Ordenanza Nº 363/84

Artículo 1º: Modifíquese la Ordenanza Nº 363/84 en la siguiente forma:

a) Sustituyese el articulo 1º por la siguiente: «Articulo 1º:  Dispón­gase la transferencia en donación a favor de la Asociación Cooperadora de  la Escuela de Educación Especial Nº 24 de la ciudad de Firmat,  de un  lote de terreno de propiedad Municipal designado  con el número «dos» de la manzana Nº 201, ubicado sobre la calle Berutti, a los  20 mts.  de  la  calle Laprida hacia el sureste que mide  24,08  mts. de frente  al noroeste por 25 mts. de fondo cuenta con una superficie  de 602  metros  cuadrados con destino a la construcción de su edificio propio».-

b) Sustituyese el ARTICULO 2º por el siguiente: «Articulo 2º: Otorgar­se  a sus efectos a la mencionada Asociación Cooperadora la  inmediata posesión del lote descripto.-

Ordenanza Nº 439: Donación Francisco Santín Viggiano

ARTICULO  1º: Acéptase la donación del rea destinada a la calle  Entre Ríos  ofrecida por su propietario el señor Francisco  Santín  Viggiano mediante  Acta Nº 003-V referida a cuatrocientos once metros cuadrados con  cincuenta  y dos decímetros cuadrados según plano de  mensura  Nº 002/86 del Registro Municipal.-

Ordenanza Nº 438: Donación de Miguel Saenz de Zaitegui, Amanda Palena y Ma. Angélica D´Angelo

ARTICULO 1º: Acéptase la donación del área destinada a la apertura del Semiancho de la calle O’Higgins entre las calles M.Curié y San Martín, ofrecida  a tal fin por sus propietarios Sres. Miguel Saenz de  Zaite­gui, María  Angélica Inés D’angelo y Amanda  Mabel  Palena,  mediante acta de donación archivada bajo el Nº 006-S, referida a  1.481  mts. 2,75  dm.2.  y  sujeta al cálculo definitivo que surja del  plano de mensura que se practique en su oportunidad.-

Ordenanza Nº 437: Construcción de Aulas Escuela Provincial Nº 1285

ARTICULO  1º:  Autorizase a la Asociación Cooperadora de la Escuela Provincial Nº 1285 a realizar en el edificio de propiedad municipal, ubicado en la Manzana 308, sobre calle Buenos Aires e/ Sgto. Cabral  y Pte. Comunal Dr. Domingo Cera, la construcción de una aula anteproyec­to que se adjunta como anexo de la presente.-

ARTICULO 2º: Autorízase asimismo a habilitar como aulas, los dos loca­les adyacentes a la Escuela.-

Ordenanza Nº 435: Creación Fondo Municipal de Obras Públicas

Artículo 1º: Créase el «FONDO MUNICIPAL DE OBRAS PUBLICAS».

Artículo 2º: La finalidad del «FONDO MUNICIPAL DE OBRAS PUBLICAS» es contribuir financieramente, total o parcialmente, a la realización y conservación de las obras / públicas necesarias para la prestación de los servicios municipales.-

Artículo 3º: El «FONDO MUNICIPAL DE OBRAS PUBLICAS», se constituir y mantendrá con los siguientes recursos:

  a) Por la recaudación proveniente de aplicar a la Tasa General de Inmuebles una alícuota porcentual sobre la misma, que anualmente fijar la Ordenanza General Impositiva.-

  b) Por los provenientes de crédito o empréstitos que contraiga la Municipalidad a los fines de la presente Ordenanza.-

  c) Por otros recursos genuinos que por Ordenanza especial establezca el Honorable Concejo Municipal.-

Ordenanza Nº 433: Contrato de Arrendamiento Empresas de Omnibus

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar los  respectivos  contratos  de arrendamiento de los locales  Nº  5  y unidad Nros. 6, 7 y 8; con las empresas de transporte automotor CHEVA­LLIER S.A. y el ENTE COORDINADOR DE EMPRESAS DEL OESTE, respectivamen­te.-

Artículo 2º: El monto del arrendamiento a percibir por la  Municipali­dad,  no podrá ser inferior a A 70.- por el Local Nº 5 y A 100 por la unidad Nº 6, 7 y 8; ambos mensuales y ajustables mensualmente en  base a la variación del índice de Precios al consumidor Nivel General  que suministra el INDEC, entre el penúltimo mes anterior al pago y el  mes de Noviembre de 1985.-

Ordenanza Nº 430: Día del Trabajador Municipal

Artículo  1º: De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto  Provincial  Nº 1583,  se instituyó como díia del Trabajador Municipal y Comunal de  la Provincia de Santa Fe, el 8 de Noviembre de cada año, declarándolo «Día  No  Laborable» en todo el territorio Provincial y en el ámbito administrativo Municipal de esta ciudad.-