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Ordenanza Nº 1148: Donación Mussetto Irma y Mussetto Noemí

Acéptase la fracción de terreno ofrecida en donación por las Sras. Irma de Mussetto y Noemí Mussetto de Oliva, comprendida en la manzana 165 A, designada como lotes 1 a 20 en el plano de mensura Nº 21.732/59 (en correspondencia con las mismas parcelas en el catastro municipal), que unidos como están miden 139,71 m. de frente al noroeste sobre calle Miguel de Azcuenaga; 42,022 m. en su otro frente al noreste sobre calle Antonio Berutti; 83,90m. al sureste lindado con lotes 2, 3 y 4 de la manzana 165 A del plano 24.046/59 (correspondientes a las parcelas 30, 31 y 24 del catastro municipal) y lote C y parte de lote B del plano 92.706/77 (en correspondencia con parcelas 29 y parte de 28 del catastro municipal); al sur mide 69,67 m., lindado con lote I del plano 63.872/70 (parcela 23 según nomenclatura catastral municipal). Encierra una superficie de 4.684,6851 m² según mensura Nº 21.732/59. DOMINIO: T 154 F 312 Nº 93.596. Gral. López.-

Ordenanza Nº 0906: TGI Urbana y Suburbana

La vigencia del régimen de reducción en la Tasa General de Inmuebles Urbana y Suburbana dispuesta para contribuyentes jubilados comprendidos en las disposiciones de la Ordenanza Nº 378/84 y sus modificatorias, se extiende desde su vigencia hasta que, mediante el dictado de otra disposición legal de igual naturaleza, se disponga su derogación, modificación o reemplazo.-

Ordenanza Nº 1149: Construcción 24 Viviendas

ARTÍCULO 1º: Dispónese la contratación directa, mediante el correspondiente concurso de precios para la provisión de mano de obra de albañilería, equipos y herramientas necesarios para la ejecución de 24 unidades de vivienda “V.E.” (10-1D / 8 – 2D y 6 -3D) en la manzana 420-B según se la designa en la actual nomenclatura urbana.-

Ordenanza Nº 1150: Subdivisiones de Lotes

Se autorizan las subdivisiones en lotes de dimensiones lineales y superficies inferiores a las mínimas establecidas en el Capítulo 3 de la Ordenanza Municipal Nº 74/69 “División de la Tierra”, si cada una de las parcelas resultantes se encuentra edificada, y una vez realizada la subdivisión propuesta el edificio observa en cada una de sus partes las condiciones generales exigidas por el Código de Edificación vigente, las normas de habitabilidad, y las exigencias requeridas con respecto a su localización en los aspectos de uso conforme, compatibilidad con el entorno, características y calidad de la edificación.-

Ordenanza Nº 0905: Convenio con Dirección General Sanidad

Apruébase el Convenio de Colaboración celebrado entre la Municipalidad de Firmat y la Dirección General de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, para la aplicación de las Leyes Nº 11.273 y 11.354 y el Decreto Reglamentario Nº 552/97.-

Ordenanza Nº 0904: Cód Fiscal Municipal DEROGADA

Modificase el valor asignado por solicitud de inscripción en zona rural en el artículo 38, inciso a, del Código Fiscal Municipal ( Tasa de Actuación Administrativa – Ordenanza Nº 885/96), quedando establecido en $ 30.oo (PESOS TREINTA) por tramite.-

Ordenanza 0903: DEROGADA Horario carga y descarga

Fíjese para el radio urbano comprendido entre Carlos Casado, Libertad, Mendoza, Alvear, Avda. Rivadavia, Carlos Dose, el horario para la carga y descarga, entre las 22 horas y 10 horas y entre las 12,30 horas y 15,30 horas, permitiéndose el estacionamiento sobre todo el sector sobre mano izquierda del tránsito, mientras dure la tarea, quedando  prohibido el estacionamiento en doble fila.-

ORDENANZA Nº 1028 Convenio Bs As Vial

Apruébase el Convenio firmado entre la MUNICIPALIDAD DE FIRMAT  y la empresa BUENOS AIRES VIAL S.R.L. para que la mencionada empresa preste el servicio de control vehicular con medios técnicos adecuados para la detección de infracciones a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 y la Ley Provincial de Adhesión Nº 11.583 y sus respectivos Decretos Reglamentarios, en la Ruta Nacional Nº 33 dentro de la jurisdicción de Firmat, todo ello de acuerdo al Convenio celebrado entre la Municipalidad de Firmat y el Gobierno de la Provincia.-

Ordenanza Nº 0902: Modifica Ordenanza 597 PAVIMENTO – FRENTISTAS

Agréguese a la Ordenanza Nº 597/90, el siguiente artículo:

            ARTÍCULO 7º: Cuando se llame a registro de oposición, para la realización de una obra pública a ejecutarse en una calle donde un solo propietario cuente con la mayoría necesaria para oponerse a la misma, el DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL podrá decidir la ejecución de la obra, prescindiendo del llamado a oposición, quedando autorizado a formalizar planes de pagos especiales, para que ese propietario pueda afrontar las obligaciones que tengan como causa la ejecución de esa obra.-