Ordenanza Nº 1359: Donación de fracción para ensanche calle pública
Deroga Ordenanza Nº 1289
Deroga Ordenanza Nº 1289
ARTÍCULO 1º: Modificar la composición del Presupuesto General de Recursos de la Administración Municipal, los que serán destinados a atender las erogaciones previstas en el Artículo 4º siguiente, de acuerdo a lo que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 1º: Apruébase la “Promesa de Venta” de fecha 22-01-2009, celebrada por el Departamento Ejecutivo Municipal ad referéndum de este cuerpo.-
ARTÍCULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder por el lapso de 99 años, los derechos y acciones derivados de los inmueble identificados como “Lote I Manzana 248-A” y “Lote 11-A Manzana 248-A”.-
La presente Ordenanza tiene por objeto regular la tenencia, control, registro, protección y permanencia en los lugares de uso público, de las especies animales domésticos de compañía, fomentar la educación ecológica y respeto a la naturaleza así como sancionar el maltrato y los actos de crueldad y regular el transporte de animales, en jurisdicción de la Municipalidad.-
Ampliación Zona Urbana
ARTICULO 1º: Apruébese el Proyecto de Convenio de Préstamo “Marco” que se anexa a la presente, el que se considera parte integrante de ésta Ordenanza.-
ARTÍCULO 2º: Autorízase al Sr. Intendente Municipal a suscribir un Convenio de Préstamo con el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, conforme los términos establecidos en el proyecto citado en el artículo anterior, y por un monto estimativo de Proyecto de pesos doscientos sesenta mil ($ 260.000) a Enero de 2009 (fecha de presupuesto), siendo el monto definitivo de endeudamiento el que resulte del proceso de contratación.-
Aceptación la donación de las fracciones destinadas a “espacio verde” y “calles públicas”, ofrecidas por el propietario Alberto Raúl RACCA
ARTICULO 1º: Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto repavimentación de calles con carpeta asfáltica, atento a los motivos expuestos.-
ARTICULO 2º: Solicitar en el marco de la Ley Nº 12.385 la asignación del 100% de los fondos para la realización de la obra repavimentación de calles con carpeta asfáltica
Solicítase al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, el aporte de fondos no reintegrables para la repavimentación con carpeta asfáltica