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Ordenanza Nº 1573: Regula uso de Cuatriciclos y Motos Adaptadas

ARTÍCULO 1º: El ámbito de aplicación de esta ordenanza será en todo el territorio comprendido en el trazado del ejido urbano de la ciudad de Firmat.-

ARTÍCULO 2°: Para la aplicación de esta ordenanza, se entiende por cuatriciclo todo vehículo de cuatro ruedas con motor a tracción propia de más de 50 centímetros cúbicos de cilindrada que pueda desarrollar velocidades superiores a 50 kilómetros por hora y reúnan los requisitos previstos en el Anexo I de la Resolución Nº 108/03 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería de la Nación y se ajusten a las normas de la presente ordenanza.-ARTÍCULO 3º: Se entiende por motovehículos adaptados a todo ciclomotor, motocicletas y triciclos que sirven como ayuda técnica para que el individuo pueda compensar una deficiencia o discapacidad sustituyendo una función o potenciando los restos de las mismas y que no supere los 110 centímetros cúbicos de cilindrada.-

Convenio con Dirección Vial para fresado ruta 93

Apruébese la formalización de un convenio entre esta municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: FRESADO DE DEFORMACIONES EN CARPETA ASFÁLTICA INCLUYENDO CARGA Y TRANSPORTE DEL MATERIAL EXTRAÍDO, LIMPIEZA DE SUPERFICIE DE CALZADA RESULTANTE Y SEÑALIZACIÓN DE OBRA, SOBRE LA RUTA PROVINCIAL Nº 93 TRAMO: INT. RUTA NAC. Nº 33 – VIAS DEL FERROCARRIL PROG. Km. 39.200, en el marco del programa de Descentralización Vial, durante el año 2013.-

Aumento tarifa taxis y remis DEROGADA

Fíjese la tarifa del servicio público de taxis y remises en la ciudad de Firmat en PESOS SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($7,80) la bajada de bandera y de PESOS CERO CUARENTA CENTAVOS ($0,40) cada cien metros recorridos. La espera tendrá un valor de CERO  CUARENTA CENTAVOS ($0,40) el medio minuto.- 

Fondo rotatorio

Apruébese el convenio suscripto entre la Municipalidad de Firmat y el Ministerio de Desarrollo Social de la provincia de Santa Fe, con el anexo A y B que forma parte del mismo, el que se desarrollará conforme al instructivo de Fondo Rotatorio que se adjunta al presente.-

Ordenanza Nº 1575: Energías Alternativas

El objeto de la presente ordenanza es declarar y regular la incorporación en forma progresiva de sistemas de captación de energía solar de baja temperatura para la producción de agua caliente sanitaria en todos los edificios públicos e instalaciones públicas situadas en la ciudad de Firmat

Pirotecnia

A los efectos de la presente ordenanza se considera artificio pirotécnico o de cohetería al destinado fundamentalmente a producir combustión o explosión, efectos visibles o audibles, estando incluidos todos aquellos que se encienden o accionen mediante el uso de mecha.-

Síndicos Firmat Gas

Desígnese por el concejo municipal de Firmat uno de los síndicos titulares y uno de los síndicos suplentes que debe nombrar  el departamento ejecutivo municipal en Firmat Gas S.A.-

Ordenanza Nº 1576: Solicitud de Fondo de Obras Menores

Solicítese a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas se asigne a esta Administración, el importe de $615.825,00.- (Pesos seiscientos quince mil ochocientos veinticinco,) que no excede del 35% de los fondos que en virtud de la Ley 12.385 le corresponde, para ser afectados a gastos corrientes, en el marco de la Ley 13.382.-