Fondo de obras menores para gastos corrientes
Solicítese a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas que se asigne a esta Administración, el importe de $ 507.300,00.- (PESOS QUINIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS) suma que no excede del 25% de los fondos que en virtud de la Ley 12385 le corresponde, para ser afectados a gastos corrientes, en el marco de la Ley 13.458.-