Ordenanza Nº 1087: Modifica Ordenanza Nº 1040. Vecinales

Los miembros de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas serán elegidos por lista completa, por voto directo y secreto de los vecinos de ambos sexos, mayores de 18 años, argentinos y extranjeros, domiciliados en la jurisdicción respectiva con un año de antigüedad en la residencia, acreditado con su Documento de Identidad y quienes demuestren poseer una o más propiedades en el barrio. Ningún ciudadano podrá integrar más de una Comisión Barrial a la vez.-

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