Ordenanza Nº 1186: Modif. Ord. Fiscal Nº 1155
Modifíquense los valores fijados en el inciso 7º del Artículo 43º de la Ordenanza Fiscal Nº 1155 del año 2004 por los siguientes:
“Por la introducción de distintos productos destinados a la prestación de servicios de comidas, fiestas, lunchs o similares, abonarán por evento:
a) Hasta 100 personas $ 50.- (Pesos Cincuenta).
b) De 101 a 300 personas $ 100.- (Pesos Cien).
c) De más de 301 $ 150.- (Pesos Ciento Cincuenta)”.