Ordenanza Nº 1186: Modif. Ord. Fiscal Nº 1155

Modifíquense los valores fijados en el inciso 7º del Artículo 43º de la Ordenanza Fiscal Nº 1155 del año 2004 por los siguientes:

            “Por la introducción de distintos productos destinados a la prestación de servicios de comidas, fiestas, lunchs o similares, abonarán por evento:

            a) Hasta 100 personas $ 50.- (Pesos Cincuenta).

            b) De 101 a 300 personas $ 100.- (Pesos Cien).

            c) De más de 301 $ 150.- (Pesos Ciento Cincuenta)”.

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