Ordenanza Nº 1203: Cementerios privados

 La presente Ordenanza regula la constitución, el uso y administración de los cementerios privados, con independencia de los derechos que los constituyan o transmitan.

Los autorizados a instalar un Cementerio Parque podrán crear los reglamentos internos que estimen necesarios a los fines de determinar su funcionamiento interno, siempre que se adapten a las disposiciones de la presente Ordenanza y sus respectivas reglamentaciones.-

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