Ordenanza Nº 1212: Nuevos Profesionales
Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1165, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“El Programa está destinado exclusivamente a personas que hayan cursado la totalidad o la mayor parte de sus estudios secundarios en nuestra ciudad, y que hayan obtenido algún título superior (Terciario o Universitario), de validez nacional y que el mismo sea de interés para la Municipalidad, y que hayan obtenido el mismo, en un plazo que no supere los 3 (tres) años hasta el momento de su presentación en el concurso.
El Departamento Ejecutivo Municipal deberá establecer la antigüedad requerida dentro del tope máximo establecido precedentemente, para cada cargo a concursar mediante este sistema.-“