Ordenanza Nº 135: Eximisión de impuestos a propietarios de comercios

Autorizase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO, a  eximir  a  los negocios cuyos propietarios fuesen no videntes y estuvieren  atendidos personal y unidamente por el mismo, de impuestos y/o tasas Municipales relacionadas con su actividad comercial.

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