Ordenanza Nº 834: Régimen Presentación Espontánea DREI

ARTICULO 1º: Establécese con carácter general y temporario un Régi­men de Presentación Espontánea a efectos de que los contribuyentes o responsables de Derecho de Registro e Inspección (DReI) y Derecho de Ocupación del Dominio Público regularicen su situación con relación a las obligaciones tributarias total o parcialmente omitidas.-

ARTICULO 2º: Quedan comprendidos entre los contribuyentes y respon­sables enunciados en al Artículo anterior aquellos que, debiendo estar inscriptos en los gravámenes que se incluyen en la presenta­ción espontánea, no lo están.-

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