Ordenanza Nº 1219: Crédito Obras Menores

Solicítese al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley Nº 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, el aporte de fondos no reintegrables para la realización de obras públicas que se detallan a continuación:

a) Pavimentación de calles Urbanas.-

b) Desagües Pluviales Urbanos.-

c) Iluminación de calles Urbanas.-

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