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Ordenanza Nº 883: Protección Personas Discapacitadas

ARTÍCULO 1º: Institúyase por la presente Ordenanza, un sistema de protección integral a las personas discapacitadas, dentro de lo que el Presupuesto permita, tendiente a asegurar a éstas su atención médica, su educación y seguridad social, así como concederles los estímulos necesarios que permitan, en lo posible, neutralizar las desventajas que sus discapacidades les provoca, y les den oportunidad con su esfuerzo a desarrollarse y puedan desempeñar en la sociedad el rol equivalente al que ejerce todo ciudadano, con derechos y obligaciones.-

Ordenanza Nº 881: PYMES

ARTÍCULO 1º:  Modifíquese la ubicación de la rotonda ubicada en la intersección de la Avda. Santa Fe, con las calles 25 de Mayo y Chacabuco, desplazándola hacia el este sobre Avenida Santa Fe, de manera tal que quede totalmente libre la mano de circulación de los vehículos que circulan hacia el oeste, de acuerdo al plano que adjunto, que forma parte e la presente Ordenanza.-

Ordenanza Nº 781: Ruidos Molestos

Queda prohibido dentro de los límites del ejido municipal causar, producir o estimular ruidos innecesarios o excesivos que propagándose por la vía aérea o sólida, afecten o sean capaces de afectar al público, sea en ambientes públicos o privados, cual­quiera fuere la jurisdicción que sobre éstos se ejercite el acto, hecho o actividad de que se trate.

Ordenanza Nº 869: Rotonda Santa Fe y 25 de Mayo

ARTÍCULO 1º:  Modifíquese la ubicación de la rotonda ubicada en la intersección de la Avda. Santa Fe, con las calles 25 de Mayo y Chacabuco, desplazándola hacia el este sobre Avenida Santa Fe, de manera tal que quede totalmente libre la mano de circulación de los vehículos que circulan hacia el oeste, de acuerdo al plano que adjunto, que forma parte e la presente Ordenanza.-

Ordenanza Nº 778: Plaza Islas Malvinas

Constrúyase en la Plaza «Islas Malvinas» de la ciudad de Firmat, el monumento al Ex-Combatiente de Malvinas, como reconoci­miento de nuestra Comunidad a los compatriotas que participaron en la gloriosa gesta en defensa de nuestra soberanía.

Ordenanza Nº 868: Agua y Cloacas (Derogada)

ARTÍCULO 1º: Establécese que por ocupación del dominio público, la Empresa prestataria del servicio de agua y cloacas, deberá abonar a la Municipalidad de Firmat, un porcentaje sobre el monto de su facturación periódica, consistente en un 10 % de la misma.-

Ordenanza Nº 867: Obra Social Municipales

ARTÍCULO 1º: Ratifícase la afiliación de los empleados y funcionarios de la Municipalidad de Firmat, al Instituto Provincial de Obra Social.-

ARTÍCULO 2º: Notifíquese la presente decisión al Departamento Afiliaciones del I.A.P.O.S. enviando copia certificada de la presente norma legal.-