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Ordenanza Nº 1071: Donación de fracción para calle pública

Acéptase la donación del área destinada a calles públicas ofrecida por los propietarios EDUARDO FABIÁN CORTÉS, GERARDO RUBÉN GARCÍA DE LA CRUZ y SILVINA SUSANA CASAS de GARCÍA DE LA CRUZ, mediante Acta de Donación Nº C-016, referida a:

Ordenanza Nº 1070: Mano única calle Santa Fe

Establécese por el término de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de promulgación de la presente, el sentido de circulación de la Avenida Santa Fe, de oeste a este como mano única desde calle B. Mitre a Bulevar Colón, con estacionamiento en ambos lados de la misma.-

Ordenanza Nº 810: Plazo Cobro Obras de Desagües

ARTICULO 1º: Extiéndase hasta el 31 de diciembre de l995, el plazo de cobro de las obras a realizarse según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ordenanza Nº 744/93.-

Ordenanza Nº 808: Terrenos Municipales destinados a Vivienda

ARTICULO 1º: Autorízase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a disponer la utilización de los terrenos de propiedad de la Municipalidad, para la construcción de viviendas, con excepción de aquellos destinados a espacios públicos.

Ordenanza Nº 807: Venta Ambulante

ARTICULO 1º: La sección Inspección deberá solicitar a los vendedores ambulantes que practiquen su actividad dentro del Distrito Firmat, el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  1. Exhibición de documentos que acrediten su identidad.
  2. Habilitación del vehículo que pudiere utilizar.
  3. Libreta Sanitaria en vigencia, otorgada por autoridad competen­te, cuando correspondiere.
  4. Acreditación del origen comercial de la mercadería.

Cumplimiento de las disposiciones impositivas y previsionales.

ARTICULO 2º: Cuando la venta ambulante se refiera a productos alimen­ticios, se dará intervención a la Sección Bromatología, que podrá llegar a decomisar la mercadería, en caso necesario.

Ordenanza Nº 806: Donación Victor Hugo Zanini y Egidio Ramón Zanini

ARTICULO 1º: Acéptase la donación de la superficies destinadas a calles públicas JUAN MANUEL DE ROSAS y MARIA CURIE, ofrecidas para tal fin por sus propietarios VICTOR HUGO ZANINI y EGIDIO RAMON ZANINI mediante ACTA Nº 001-Z, referidas a 864,20 metros cuadrados que será destinada al uso público según plano Nº 010/94 del Regis­tro Municipal.