Ordenanza Nº 811: Modificación Ord. Tributaria 505/88
ARTÍCULO 1º: Fíjanse los valores indicados en el artículo 1º , Punto 6 de la Ordenanza Nº 505/88 a partir del 31 de Octubre de 1994, en los siguientes montos.-
ARTÍCULO 1º: Fíjanse los valores indicados en el artículo 1º , Punto 6 de la Ordenanza Nº 505/88 a partir del 31 de Octubre de 1994, en los siguientes montos.-
Acéptase la donación del área destinada a calles públicas ofrecida por los propietarios EDUARDO FABIÁN CORTÉS, GERARDO RUBÉN GARCÍA DE LA CRUZ y SILVINA SUSANA CASAS de GARCÍA DE LA CRUZ, mediante Acta de Donación Nº C-016, referida a:
Establécese por el término de ciento ochenta (180) días, contados a partir de la fecha de promulgación de la presente, el sentido de circulación de la Avenida Santa Fe, de oeste a este como mano única desde calle B. Mitre a Bulevar Colón, con estacionamiento en ambos lados de la misma.-
ARTICULO 1º: Extiéndase hasta el 31 de diciembre de l995, el plazo de cobro de las obras a realizarse según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ordenanza Nº 744/93.-
ARTICULO 1º: Establécese un régimen de excepción mediante un plan de facilidades de pago por deudas en concepto de TASA GENERAL DE INMUEBLES URBANA Y SUBURBANA, de acuerdo con lo establecido en los siguientes artículos.
ARTICULO 1º: Autorízase al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL a disponer la utilización de los terrenos de propiedad de la Municipalidad, para la construcción de viviendas, con excepción de aquellos destinados a espacios públicos.
ARTICULO 1º: La sección Inspección deberá solicitar a los vendedores ambulantes que practiquen su actividad dentro del Distrito Firmat, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
Cumplimiento de las disposiciones impositivas y previsionales.
ARTICULO 2º: Cuando la venta ambulante se refiera a productos alimenticios, se dará intervención a la Sección Bromatología, que podrá llegar a decomisar la mercadería, en caso necesario.
ARTICULO 1º: Acéptase la donación de la superficies destinadas a calles públicas JUAN MANUEL DE ROSAS y MARIA CURIE, ofrecidas para tal fin por sus propietarios VICTOR HUGO ZANINI y EGIDIO RAMON ZANINI mediante ACTA Nº 001-Z, referidas a 864,20 metros cuadrados que será destinada al uso público según plano Nº 010/94 del Registro Municipal.