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Ordenanza Nº 1156: Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2004

ARTÍCULO 1°: Estímase en la suma de $ 6.946.088,90 (PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y OCHO CON NOVENTA CENTAVOS) el total de Recursos de la Administración Municipal, destinados a atender las erogaciones previstas en el Artículo 4° siguiente, conforme al detalle que figura en la sección «Cálculo de Recursos» del Anexo I que se adjunta a la presente y forma parte integrante de la misma.­-

Ordenanza Nº 1157: Radares

ARTÍCULO 1º: Adhiérase al artículo 6º inc. 1 de la Ley Nº 12.217 que indica la aplicación de pena de apercibimiento y exención de multa en el caso de presunción de infracción hasta 90 Km/h de velocidad registrada, y cuando la autoridad de juzgamiento desconozca de anteriores infracciones a nivel Municipal, Provincial y/o Nacional del presunto infractor.-

Ordenanza Nº 1158: Supermercado (Derogada)

ARTÍCULO 1º: Suspéndase por el término de sesenta (60) días corridos, a contar desde el momento de promulgación de la presente Ordenanza, la habilitación de comercios dedicados a la venta por el sistema de autoservicio, según lo define el artículo 2do. Inciso d) y lo determinado por el inciso e) del mismo artículo de la Ley Provincial Nº 12.069.-

Ordenanza Nº 1159: Cyberlocales

ARTÍCULO 1º: La presente Ordenanza regula la habilitación de comercios con servicios de Internet y juegos en red. Se entiende por servicios de Internet y/o juegos en red en general y a los fines de la presente Ordenanza, a aquellos establecimientos comerciales destinados a prestar estos servicios o aplicaciones interactivas en las que existen una o varias terminales de computadoras de usos público, en la cuales y mediante el pago de una determinada suma de dinero por un tiempo establecido, los clientes se conectan a la red informática mundial y/o acceden a servicios de escaneo, impresión de archivos, videoconferencias, Chat, juegos en red y cualquier otro uso que no tenga una prohibición legal.-

Ordenanza Nº 1160: Antenas

ARTICULO 1º: La presente Ordenanza será de aplicación para todas aquellas antenas pertenecientes a empresas propietarias o usuarias del servicio de telefonía celular, o de aquellas estructuras y/o antenas que soporten equipos utilizados para el servicio de telefonía celular.-

ARTICULO 2º: Prohíbese la instalación de aquellas antenas o estructuras del servicio de telefonía celular, dentro del ejido urbano de la ciudad, y en zona ZRA, (entorno perimetral urbano).-

El emplazamiento de estas instalaciones podrá efectuarse a los mil metros (1000), contados a partir del límite externo determinado por la zona ZRA.-

Ordenanza Nº 1161: Cesión Terrenos Ferroviarios

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés  Municipal la cesión definitiva por parte del Organismo Nacional de Bienes del Estado (ONABE) o el organismo de aplicación que correspondiera, a favor de la MUNICIPALIDAD DE FIRMAT, de los terrenos ferroviarios individualizados como: Una fracción de forma triangular de 74.907 metros cuadrados de superficie, situada en los lotes 64 y 65, de los que forman las quintas de Colonia San Justo, Departamento General López, lindando al este, vías de por medio del Ferrocarril Oeste entre Melincué y Casilda desde el Kilometro 56 al 57, hoy concesionado a la Empresa Nuevo Central Argentino, con Bulevar

Solís, por el sur, vías de por medio que parten de la Estación Firmat a Ríos Cuarto, con la continuación de Bulevar Colón y por el norte con las manzanas 142 – 143 – 144 y 461 de la Planta Urbana.-

ARTÍCULO 2º: Declárase de Utilidad Pública la continuidad de las obras de parquización y mejoras para la realización de actividades recreativas, educativas y culturales, en los terrenos mencionados en el artículo 1ro.-

Ordenanza Nº 1162: Calle Pueyrredón

ARTÍCULO 1º: Fíjase el sentido de circulación de cualquier vehículo sobre la calle Pueyrredón entre Bv. Colón y Buenos Aires, de este a oeste.-

Ordenanza Nº 1163: Desmalezado Convenio con Dirección Provincial Vialidad

Apruébase la prórroga del Convenio Nº 11.811, aprobado por Resolución Nº 303/03, según lo contempla la cláusula cuarta del mismo, entra la Municipalidad de Firmat representada por su Intendente Dr. Carlos Torres, D.N.I. Nº 14.541.011 y la Dirección de Vialidad para las tareas de desmalezado para la conservación de la red vial provincial, comprendidas en el distrito FIRMAT, todo conforme a los montos que ambas partes acuerden y al plan de trabajos a establecer, durante el ejercicio del año 2004, en el  marco del programa de descentralización.-

Ordenanza Nº 1164: Creación Sub- Secretaria de Obras y Servicios Públicos (Derogada)

Créase la SUB SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.-

ARTÍCULO 2º: Dicha Sub Secretaría estará a cargo de un Sub Secretario, quien será contratado mediante la modalidad “Contrato Civil de Locación de Servicios”, tal lo dispuesto en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 1.098 y cuya remuneración por la prestación de sus servicios, como así también y el pago de las obligaciones fiscales y previsionales se fijarán de acuerdo a lo establecido por la citada norma legal.-