Ordenanza Nº 1164: Creación Sub- Secretaria de Obras y Servicios Públicos (Derogada)

Créase la SUB SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.-

ARTÍCULO 2º: Dicha Sub Secretaría estará a cargo de un Sub Secretario, quien será contratado mediante la modalidad “Contrato Civil de Locación de Servicios”, tal lo dispuesto en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 1.098 y cuya remuneración por la prestación de sus servicios, como así también y el pago de las obligaciones fiscales y previsionales se fijarán de acuerdo a lo establecido por la citada norma legal.-

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