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Ordenanza Nº 1421: Ampliación Zona Urbana (Angeletti)

ARTICULO 1º: Acéptese la ampliación de la ZONA URBANA del Distrito Firmat (a denominarse en Manzanas 327; 328; 329 y 330, según nomenclatura catastral), a las fracciones indicadas en el plano de Mensura y Subdivisión confeccionado por el Ing. Geógrafo Diego J.J. SERVIDIO, en fecha 7 de enero de 2010, se adjunta copia, designadas como  Lotes “1 al 16” comprendidos en la Manzana “A”; Lotes “17 al 44” de la Manzana “B”; Lotes “45 al 60” de la Manzana “C”; Lotes “61 al 65” de la Manzana “D” y al Lote “E” destinado para calles públicas.

Ordenanza Nº 1422: Donación Edgardo Emilio Angeletti

ARTICULO 1º: Acéptase la donación de las fracciones destinadas a “calles públicas” y “espacio verde”, ofrecidas por el propietario Edgardo Emilio ANGELETTI, mediante Actas de Donación Nº A-010 y A-011/2010, referidas a:

  • Una fracción que comprende una superficie de  00has. 69a. 06ca., 47 dm2, de acuerdo al plano de Mensura y Subdivisión confeccionado por el Ing. Geóg. Diego J.J. SERVIDIO, en fecha 7 de enero de 2010, se adjunta copia, designada como Lote “E”.-
  • Una fracción que comprende una superficie de 00has. 10a. 38ca. 92dm2, del plano mencionado anteriormente, designada como Lote “65”.-

Ordenanza Nº 1423: Dársena frente al Correo Argentino

ARTICULO 1º: Redúzcase la vereda de la Avenida Rivadavia a la altura de 1.100 vereda Norte al ancho necesario para ejecutar un estacionamiento a 45º.-

ARTÍCULO 2º: Dispóngase la realización de la señalización pertinente.-

ARTÍCULO 3º: Aféctese una partida del presupuesto 2010 del rubro Fondo Municipal de Obras Públicas para llevar adelante la obra.-

Ordenanza Nº 1424: Creación Registro de Emprendedores de la Economía Social

ARTÍCULO 1º: CREACIÓN: Créase en el ámbito de la Municipalidad de Firmat el “REGISTRO DE EMPRENDEDORES DE LA ECONOMIA SOCIAL”.-

ARTÍCULO 2º: DEFINICIÓN: Entiéndase como “Emprendedores de la Economía Social” a todos aquellos que sus ingresos anuales no superen el máximo requerido para ser Monotributista Social, según Ley  26.223/07 y/o las que en lo sucesivo fijen sus máximos.-

Ordenanza Nº 1425: Fondos Gastos Corrientes

Solicitar a la Secretaria de Regiones, Municipios y Comunas se asigne a esta Administración, el importe de $ 430.000.- (Pesos Cuatrocientos Treinta Mil) que no excede del 50% de los fondos que en virtud de la Ley 12385 le corresponde, para ser afectados a gastos corrientes, en el marco de la Ley 13.066 y su reglamentación.-

Ordenanza Nº 1426: Prohibición tenencia, instalación y/o Cría de animales en Zona Urbana y Suburbana

Modifíquese el artículo Primero de la Ordenanza Nº 1041/01, el que quedará  redactado de la siguiente manera:

a) Se prohíbe la tenencia, instalación y/ o cría de cerdos, vacas, ovejas, cabras y caballos, organizada en forma comercial o cualquier otra modalidad, dentro de la Zona Urbana y Suburbana. Estas actividades se deberán desarrollar únicamente en la Zona ZRA, guardando una distancia no menor a los 600 mts., de la Zona Urbana y Suburbana. –

Ordenanza Nº 1427: Exención Tasa Municipal Bomberos Voluntarios de Firmat

Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza Nº 1201/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Exímase a los Bomberos Voluntarios de Firmat, del pago de las Tasas Municipales del inmueble del cual sean propietarios, y sea el asiento de su casa habitación, o bien cuando sin ser el propietario, tenga a su cargo el pago de las Tasas Municipales.Para lograr el beneficio, semestralmente la Comisión Directiva de la Asociación Bomberos, deberá remitir el listado de los miembros del cuerpo activo.-“

Ordenanza Nº 1428: Donación María Elena Hernández y Mabel Graciela Ortiz

Aceptase la donación de la fracción destinada para ampliación “ancho de calle BLAS PARERA”, ofrecidas por María Elena HERNÁNDEZ y Mabel Graciela ORTIZ, en carácter de herederas de Adán ORTIZ; mediante Acta de Donación Nº O-002/2010, referida a:

         Una fracción que comprende una superficie de  100 m2, de acuerdo al plano de Mensura y Subdivisión confeccionado por el Ing. Geóg. Diego J.J. SERVIDIO, en fecha 17 de junio 2010, se adjunta copia, designada como Lote “10E”.

Ordenanza Nº 1429: Compra Vehículo FIAT DUCATO

Autorízase la compra directa de una unidad marca FIAT, DUCATO COMBINATO 2.3 MULTIJET, CAPACIDAD PARA NUEVE (9) MÁS 1 (ASIENTO), según Factura Proforma de Fiat Auto Argentina cuya copia se adjunta a la presente.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir toda la documentación necesaria y suficiente ante los Organismos Nacionales relacionados con el expediente de referencia, con Fiat Auto Argentina a través del concesionario local y con el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, a los efectos de la inscripción registral del referido automotor.