Author:

Creación de la Subsecretaría de la Juventud, Adultos Mayores y Coordinación Comisiones Vecinales (Derogada Ord. Nº 1680/2015)

ARTÍCULO 1º: Modifíquese el artículo 1º  de la ordenanza Nº 1472/12, el cual quedará redactado de las siguiente manera: “Crease en el ámbito de la Municipalidad de Firmat, la Subsecretaría de la Juventud, Adultos Mayores y Coordinación de comisiones vecinales, que tendrá a su cargo coordinar con las distintas áreas de la municipalidad la concreción de proyectos pertenecientes a la juventud, adultos mayores y comisiones vecinales”.-

Ordenanza Nº 1569: Servicio Público de Taxis y Remises (Afectación de Automóviles)

Declárese servicio público el que prestan los automóviles de alquiler para transporte de pasajeros en el radio del municipio de Firmat, prestación que se regirá por las disposiciones de la presente ordenanza.-

ARTÍCULO 2º: Fijase en 123 (ciento veintitrés) el número de automóviles que podrán ser afectados a la prestación de este servicio. De los cuales 23 estarán afectados como taxis y 100 vehículos como remises distribuidos en un máximo de 4  (cuatro) empresas de remises.-ARTÍCULO MODIFICADO POR ORD. Nº 1641.

ARTÍCULO 3º: La municipalidad habilitará un registro con la cantidad de vehículos afectados al servicio público, sus modelos y caracterís­ticas, datos personales de sus titulares y conductores auxiliares, número de sus teléfonos y de sus chapas patentes.-

Programa inclusión de jóvenes con reciclado de tarimas

Incorpórese al programa de Inclusión de jóvenes que viene desarrollando el gabinete social de la municipalidad, un nuevo espacio laboral de reciclaje y construcción de productos de madera mediante la utilización de tarimas.-

Ordenanza Nº 1570: Exención para Galerias Comerciales

ARTÍCULO 1º: Exímase en un 30% de la Tasa General de Inmuebles Urbanos a las unidades de propiedad horizontal que revistan en carácter de local comercial dentro una galería comercial y que se identifiquen con una partida catastral diferenciada en cada local, retroactivo al 01-01-13.-

Cría de animales Modificación Ordenanza Nº 1426

Modifíquese el artículo primero de la ordenanza Nº 1426/10, el que quedará redactado de la siguiente manera:

  1. Se prohíbe la tenencia, instalación y/ o cría de cerdos, vacas, ovejas, cabras y caballos, organizada en forma comercial o cualquier otra modalidad, dentro de la zona urbana y suburbana. La tenencia, instalación y/ o cría de cerdos, se deberá desarrollar únicamente en la zona ZRA, guardando una distancia no menor a los 600 mts., de la zona urbana y suburbana.

La cría de vacas, ovejas, cabras y caballos referidos en este inciso cuando se realicen a una distancia menor a los 2000 metros de la zona urbana o suburbana, se deberá realizar por el método de pastura tradicional con cría a campo con la densidad de ejemplares por hectárea que permita mantener las condiciones naturales del campo. Se requerirá para la habilitación un informe del ingeniero agrónomo de la municipalidad.-

b) La cría de abejas, conejos, aves de corral, perros y otros animales, organizada en forma comercial o cualquier otra modalidad, podrá realizarse únicamente dentro de la zona ZRA.

La cría de abejas deberá guardar una distancia obligatoria de 250 mts., entre la actividad y la zona urbana y suburbana.-

c) Exceptúese la cría de los animales mencionados en el punto b, siempre que sean para consumo exclusivamente familiar o para tenencia, cumpliendo con las reglas de higiene y seguridad, establecidas o a establecer por la municipalidad de Firmat al respecto.-

d) El funcionamiento de otras crías de animales no mencionadas en la presente ordenanza, consideradas peligrosas, molestas o conflictivas, quedarán a consideración del departamento ejecutivo municipal, quien deberá tomar medidas tendientes a preservar la seguridad y salubridad de la población.-

Ordenanza Nº 1571: Incorporación Máquinas Automatizadas a la Planta de Reciclado

ARTÍCULO 1°: Incorpórese al reciclado municipal maquinas automatizadas compactadoras y enfardadoras de papel, cartón, plásticos, latas etc.-

ARTÍCULO 2°: Realícese un estudio a los efectos de ver la posibilidad de incorporar al proceso de reciclado nuevas maquinarias que permitan reciclar otro tipos de reciclados, como molinos trituradores de plásticos, prensas hidráulicas para fabricar briquetas con desechos de madera.-

Ciudadano Ilustre Miguel Lang

Otórguesele al Luthier autodidacta Miguel Lang Shamber, la distinción de “Ciudadano ilustre de la Ciudad de Firmat” en reconocimiento a su trayectoria desarrollada en el campo de la artesanía.-

Ordenanza Nº 1572: Incremento Alicuota Patente

ARTÍCULO 1.º: Increméntese en un 10% (Diez por ciento) la tasa testigo fijada por la Ley provincial Nº 12.306 y su modificatoria, Ley provincial N.º 13.226, en la alícuota a aplicar en la determinación del impuesto de patente única sobre vehículos para el año 2014.-

ARTÍCULO 2.º: Aféctese el 100% de los recursos de la presente ordenanza, a la compra de vehículos pesados necesarios para brindar un adecuado servicio público a la ciudadanía.-

            Abrase una cuenta especial en el banco oficial en el que la Municipalidad de Firmat opere a los fines de depositar el dinero recaudado.-