Ordenanza Nº 1145: Fondo Municipal de Obras Públicas
ARTÍCULO 1º: Créase el “FONDO MUNICIPAL DE OBRAS PÚBLICAS”.-
ARTÍCULO 2º: La finalidad del Fondo Municipal de Obras Públicas, es contribuir financieramente, total o parcialmente, a la realización y conservación de las obras públicas necesarias para la prestación de los servicios municipales.-