Ordenanza Nº 1219: Crédito Obras Menores
Solicítese al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley Nº 12.385 y su Decreto Reglamentario Nº 117/05, el aporte de fondos no reintegrables para la realización de obras públicas que se detallan a continuación:
a) Pavimentación de calles Urbanas.-
b) Desagües Pluviales Urbanos.-
c) Iluminación de calles Urbanas.-