Ordenanza Nº 863: Prórroga Fondo Municipal Obras Públicas
ARTICULO 1º: Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1996 la aplicabilidad de la alícuota del 30 % (Treinta por ciento) en concepto de FONDO MUNICIPAL DE OBRAS PUBLICAS sobre las Categorías especial, primera, segunda, tercera y cuarta de la Tasa General de Inmuebles, según el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 701/92, modificatoria de la alícuota referida en la Ordenanza Nº 505/88 (Artículo 1º, Punto 8).-